sábado, 24 de agosto de 2013

Afirman que Ley 30076 será uno de los grandes retos para los jueces y fiscales

 La promulgación de la Ley 30076, que modifica diversos artículos del Código Procesal Penal, Código Penal, Código de Ejecución Penal y el Código de los Niños y Adolescentes será un reto para los operadores de justicia, sostuvo el investigador del Instituto de Defensa Legal, Gabriel Chávez Tafur.

“Yo creo que [la entrada en rigor de esta norma] va a ser uno de los retos más grandes de poner en práctica esto, hay que cambiar ciertas mentalidades, el juez de instrucción, por lo menos para este caso en particular se tiene que convertir en un juez de investigación preparatoria, que es el nombre que lleva en aquellos distritos donde se está aplicando el nuevo Código, ya no puede decidir él solo, como se hacía recientemente de oficio, que era lo que él consideraba”, declaró en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.
“[El juez] todo esto lo va a tener que hacer en una audiencia pública, entonces hay que tomar ciertas medidas que permitan que esto sea así, que sea público, que sea oral, que sea contradictorio. Entonces, en realidad es un reto, nos parece muy positivo la entrada en vigor de estos artículos, pero hay que ver cómo se va a implementar en la práctica”, apuntó.

Es positivo el balance del nuevo Código Procesal Penal 

En otro momento, indicó que el Nuevo Código Procesal Penal tiene un balance positivo en los distritos judiciales en donde se viene aplicando. Dijo que la introducción de la figura de las audiencias públicas hará más transparente los procesos judiciales.
“El balance del nuevo Código Procesal Penal en los distritos judiciales donde se viene aplicando es bastante positivo, no hay razón para creer que proveerle de garantías al proceso, porque no solamente se le provee al imputado, eso quiere decir que se quieran aprovechar o que va a ser más sencillo que reincidan o se escapen. Yo creo que están las herramientas perfectamente dadas, para que el fiscal justifique, explique porque considera que la persona debería continuar el proceso penal en cárcel”, precisó.
“En realidad, creo que la experiencia es positiva porque, además, transparenta mucho el proceso; estas audiencias se realizan de forma pública, cualquiera puede ir, la víctima puede entender lo que está ocurriendo, eso puede ayudar mucho a las víctimas a entender por qué la persona no fue enviada a prisión inmediatamente. Yo creo que en general es una excelente noticia que esto se vaya a aplicar a todo el país y esperemos que podamos solucionar los problemas de implementación”, concluyó. 

Opinan que nueva Ley 30076 es más garantista porque detención preventiva se verá en audiencias públicas

La nueva Ley 30076, que contiene una serie de reformas legislativas para combatir la inseguridad ciudadana, es más garantista porque establece audiencias públicas para definir si una persona debe o no ir a prisión, sostuvo Gabriel Chávez, investigador del Instituto de Defensa Legal (IDL).

“[¿Este tema de mano dura no se contradice con este tema de las audiencias?] Bueno, en realidad, sí podría parecer contradictorio, dentro del marco de este discurso de mano dura, pero en realidad si lo que se quiere es combatir más efectivamente la delincuencia, en realidad tiene todo el sentido del mundo”, declaró en el programa No Hay Derecho de Ideeleradio.

“[Tiene todo el sentido del mundo] porque evitando detenciones arbitrarias, o sea enviar a gente a prisión que realmente no tiene que ir a prisión, entonces se concentran los esfuerzos en aquellas personas que sí deberían estar en prisión, porque sí habría un peligro de fuga. Entonces, en realidad sí se puede considerar garantista, pero garantías que a la vez promueven una mayor efectividad en la lucha contra la delincuencia, entonces, una cosa no quita la otra”, aseveró.

Prisión preventiva será discutida en audiencia pública

En otro momento, destacó que con la entrada en vigor de esta norma la figura de la prisión preventiva será discutida ahora a través una audiencia pública. Manifestó que con este cambio el imputado tiene garantizado el derecho de defensa a poder contradecir todo lo que diga el fiscal.

“El cambio fundamental es el que se da través de la ley que fue promulgada el lunes, la 30076, por el cual se adelanta la entrada en vigor de los artículos del Nuevo Código Penal 268, 269, 270 y el 271 a todo el territorio nacional y, por tanto, ya no se estaría trabajando con dos códigos. Esta es una gran noticia en realidad, porque así no solo se homogeniza todo a nivel nacional, sino que, además, en un distrito judicial con gran carga procesal como Lima pasa a tallar estos nuevos requisitos, pero sobre todo la idea de una audiencia pública donde se tendría que decidirse este tipo de cosas”, refirió.

“La audiencia pública es en realidad el cambio más importante, porque ahora lo que se tiene que hacer es tomar la decisión en una audiencia pública, el juez ya no puede tomar la decisión de enviar a alguien a prisión preventiva de oficio, ahora tiene que ser el fiscal el que solicite la prisión preventiva y, además, esto ocurre en un espacio público, de forma oral y donde el imputado tiene todas las garantías de tener una defensa técnica que contradiga todo lo que está argumentando el fiscal”, refirió.

sábado, 14 de enero de 2012

LA VERDAD DE LA MILANESA EN EL PEDIDO DE ACUMULACION DE PROCESOS PENALES

En esta misma tribuna, hace un buen tiempo comentábamos sobre los pedidos de ACUMULACION POR CONEXION DE PROCESOS PENALES, previsto y normado por el Art. 21 del Código de Procedimientos Penales de 1940, en concordancia con la Ley No. 10124. Incluso por economia procesal, por imperio de la legalidad y del Debido Proceso, debe decretarse de OFICIO. Sin embargo muy a nuestro pesar aqui en nuestro país, dentro de la administración de justicia, nada es decretada de oficio. Si no lo pides. Si no insistes a punta de escritos. Si no guapeas. Si no te entrevistas con el Magistrado ya fuistes. El proceso penal marcha como lo quieren los secretarios. Como ellos quieren tramitarlo. Pregunto para que están las normas procesales que son de obligatorio cumplimiento, bajo sanción de responsabilidad funcional?

En mi diario trajinar domo Abogado Litigante, por ante el Juzgado Transitorio Penal de Lima Norte Exp. No 5294-09 presente una solicitud de acumulación de procesos. Que se acumule el proceso No. 3998-09 que e tramitaba por ante el Terecr Juzgado Penal de Lima Norte. Solicitud e acumulación presentada el 13 de Setiembre del 2010. Y saben cuándo fué resuelta ? Agarrense fue resuelta el 06 de Diciembre del 2011. Es decir después de UN AÑO. Que es esto señores? Estamos en la Andrómeda ?

Que pasó ? Que pisó como solia decir nuestro inolvidable colega periodista deportivo Pocho Rospigliosi? Primero que en ese Juzgado siempre paran cambiando de Jueces. Y que decir de secretarios. Como se dice ahi todo cambia, nada es permanente en cuanto a personal y Magistrados. Me entrevistava con uno y otro Juez. Con uno y otro secretario que resuelvan la acumulación. Y segundo que ningun secretario queria realizar el trabajo de la RE-FOLIACION del expediente. Y tercero que los Magistrados que pasan por el Juzgado no tienen AUTORIDAD sobre el personal auxiliar, quienes siempre tienen una disculpa y se pasean con el Juez. Esto es la verad de la milanesa, y no me vengan con cuentos chinos.

En mi caso que les cuento el Fiscal Provincial habia opinado por la procedencia de la acumulacion, y el Juez del Tercer Juzgado Penal, resolvió con resolución motivada debidamente que el proceso 3998-09 se ACUMULE al proceso No.5294-09. Porqué? Porque se daban loos requisitos para ello. Conexión pior identidad de personas y de hechos. Sin embargo una Magistrada suplente despues de UN AÑO increiblemente, y por haberle reclamado que resuelva, perdon la redundancia resolvió declarar asi como lo leen SIN EFECTO la acumulación. Asi es amigos sin efecto , o debió declarar Improcedente? Y ordenó que se devuelva el Expediente 3998-09 al Trcer Juzgado Penal, luego de que este expediente habia estado perdido desde Marzo del 2011 a Setiembre del 2011. Esto es justicia señores ?. NO.

Ahora bien. Porqué la acumulación.? Mi patrocinado tenia su enamorada. Mantienen relaciones sexuales consentidas. La chica queda embarazada. Por celos tiene una pelea con ella, e interviene la hermana de la enamorada. Ahi surge la denuncia por lesiones, y luego la denuncia de violacion sexual intepuesta por la madre de la enamorada, que no esta de acuerdo con esas relaciones. La denuncia de lesiones cae en el tercer Juzgado Penal y la de violación al Juzgado Transitorio. Pregunto es correcto que hyan dos investigaciones. Dos instrucciones. Y que luego hayan dos sentencias? Para mi modesto criterio NO.

Porqué? Porque hay conexion de persona. De hechos. De las relaciones sentimentales de dos personas de distintito género, se genera los dos delitos. Los dos estaban en el msmo estadío. En otras palabras en el mismo nivel cuando loo solicitamos. Que no lo hayan querido resolver, no es nuestro problema. No es causa atribuible al justiciable. Frente a tan deprimente resolución del Juzgado Transitorio hemos interpuesto APELACION, ahora vamos a ver cuándo será resuelta por la Superior Sala Penal. Esperaremos otro año? Y bueno en estos momentos me acuerdo de don Manuel Gonzáles Prada.

domingo, 20 de noviembre de 2011

Alerta Perú (ALTO AMAZONAS)
SENTENCIAN A PERIODISTA A MÁXIMA PENA
BAJO AMENAZA DE PRISIÓN EFECTIVA
El 7 de noviembre de 2011, en la provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, Gladys Collazos Román, Jueza Supernumeraria del Segundo Juzgado Mixto y Juzgado Penal Unipersonal de dicha jurisdicción, condenó al periodista Teobaldo Meléndez Fachín, director del programa "Ribereña Noticias", de radio y televisión La Ribereña, a tres años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución, en la querella que por difamación agravada le interpusiera el alcalde de Yurimaguas, Juan Daniel Mesía Camus.
En su fallo la jueza conmina al periodista al pago de 30 mil nuevos soles (11 mil dólares aproximadamente) por concepto de reparación civil "bajo apercibimiento de revocarse la pena suspendida por pena efectiva". Dicho monto se fijó -según argumentó la jueza en la sentencia- por el supuesto daño psicológico, daño a la reputación y a la imagen que habría sufrido la autoridad edil.
Asimismo, Meléndez Fachín, está obligado a cumplir con el pago de setenta días multa, según su nivel de ingresos, en favor del Estado.
El periodista Meléndez Fachín había denunciado a través de su programa radial múltiples actos de corrupción que involucrarían al alcalde Mesía Camus, entre ellos el otorgamiento de manera directa de obras públicas a empresas constructoras que habrían financiado su campaña electoral.
La Asociación Nacional de Periodistas del Perú (ANP), mediante pronunciamiento gremial denunció la inconducta, falta de transparencia e indicios de corrupción de Juan Daniel Mesía Camus y precisó que el periodista Teobaldo Meléndez Fachín sólo se ha limitado, con su información y opinión, a cautelar el buen uso de los bienes y fondos públicos.
SOLIDARIDAD CON EL PERIODISTA PERUANO
TEOBALDO MELENDEZ FACHIN
Estimados/as compañeros/as:
Apelamos a vuestra solidaridad, una vez más, ante una nueva sentencia condenatoria contra un colega querellado por difamación tras denunciar actos de corrupción que involucrarían a la autoridad edil de su jurisdicción.
Esta vez, en la provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto, el periodista Teobaldo Meléndez Fachín, director del programa "Ribereña Noticias", de radio y televisión La Ribereña, ha sido condenado a tres años de pena privativa de libertad, suspendida en su ejecución, y al pago de 30 mil nuevos soles (aproximadamente 11 mil dólares), por concepto de reparación civil, en la querella
que por difamación agravada le interpusiera el alcalde de Yurimaguas, Juan Daniel Mesía Camus.
La jueza, incluso, ha dejado entrever que de no pagarse el monto fijado como reparación civil podría "revocarse la pena suspendida por pena efectiva".
Esta nueva sentencia se produce en circunstancias realmente preocupantes. El periodista Paul Garay Ramírez -quien consiguió su libertad hace poco más de dos semanas tras una intensa campaña gremial-, permaneció seis meses en prisión por una situación similar. Otros tantos periodistas, al norte, sur y oriente del país están siendo víctimas también de persecución judicial. Esto porque, especialmente, quienes desempeñan función pública y están sujetos al escrutinio ciudadano, son quienes han encontrado en la vía judicial y en la solicitud de indemnizaciones millonarias un mecanismo perverso para silenciar a la prensa crítica.

En razón a ello, solicitamos que puedan darle difusión en sus medios de comunicación, páginas web y otras plataformas informativas al banner adjunto que denuncia la injusta situación que atraviesa el periodista.
Asimismo, compartimos el pronunciamiento institucional de la ANP sobre el particular, en el que se exponen los argumentos legales que desvirtúan la querella, con el fin de que puedan citarlos en las comunicaciones que solicitamos remitan al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Dr. César San Martín Castro (Telefax: +51 1 4101010). Favor remitir copia a: anp@amauta.rcp.net.pe
)
El periodista Meléndez Fachín ha apelado la sentencia condenatoria, por lo que necesita más que nunca de nuestra movilización en favor de su causa.
De requerir copia de la sentencia sólo tienen que solicitarla al mail: anp@amauta.rcp.net.pe


Una vez más, gracias por su solidaridad.
Fraternalmente,
Zuliana Lainez Otero
Secretaria general ANP

miércoles, 30 de marzo de 2011

ALCALDE BURGOS Y SU PROVINCIA SUENA A CUENTAZO PARA INTONSOS DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

San Juan de Lurigancho será provincia con Régimen Especial ? Asi está propagandizando a todo pulmon nuestro inefable alcalde Carlos Burgos. Y saben quién es su padrino para este gigantesco cuentazo para intonsos a escasos 10 dias de las elecciones generales del 2011. Nada más ni nada menos que el Presidente de la República Alan García Pérez. Asi como lo leen. Agarranme que soy realidad. Pregunto desde cuándo nuestro alcalde se ha interesado porque San Juan de Lurigancho sea Provincia? Que nostros sepamos él siempre se oponia a este proyecto. Que pasó. Que pisó. A que se ha debido este milagro? Que le picó para que ahora se arroge ser el gestor de este ansiado anhelo del pueblo de San Juan de Lurigancho.
La respuesta es obvia. Desde un buen tiempo atras el alcalde Burgos y Alan Garcia Perez han hecho una buena combinación de química. Ambos se necesitan. Se buscan. El Primero para buscar perpetuarse en el cargo de alcalde y siendo provincia de Régimen Especial le caería redondo para sus planes. Y para nuestro Presidente es buscar captar votos como sea para lograr colaborar para que el Partido Aprista pase del 5% en estas elecciones. Esa es la verdad de la milanesa de este monumental despropósito.
A ver estimados compoblanos díganme en que artículo, inciso y/o literal de la Constitución Política del Estado señala que se puede crear Provincias de Régimen Especial? Por favor no jo...roben que no hay quien planche. Hasta el más inculto sabe que el Estado se rige en lo Político, Económico, y Estructural en lo normado en la Ley de Leyes como es nuestra Constitución Política
y entonces de dónde acá me vienen con Provincia de Régimen Especial.
Esto huele muy mal. Y es tomadura de pelo a esta tierra de promisión. Y saben cual es la cereza que endulsa más a este infeliz proyecto? Que San Juan de Lurigancho sería provincia PERO SIN DISTRITOS. Y claro como provincia va a recibir más presupuesto. Más plata. A lo vulgo más chivilines. Más money. Pero siempre va a depender de la Municipalidad de Lima Metropolitana. Y quien va a administrar este dinero? Si se crea esta provincia mañana, como lo quieren sacar el Presidente de la República , Burgos y sus adlateres como el Congresista Zumaeta y otros, seria nada más y n ada mes que el señor Burgos, que pasaria a ser Alcalde de la Provincia de San Juasn de Lurigancho. Que lindo no. Si la saben todas.
Provincia sin distritos. Donde se ha visto esto por favor?. Este es el proyecto de Carlos Burgos y Alan Garcia Pérez. Asi informe usted señor alcalde. Diga la verdad. Por Dios no engañe al pueblo. Hemos visto por las calles de San Juan de Lurigancho una camioneta con altavoces invitando a una marcha de pobladores hacia el Congreso de la Republica para mañana 31 del presente mes, porque dizque el Ejecutivo ya mandó el Proyecto de Ley para que sea debatido en el pleno y sea aprobado esta singular ley de creación de la Provincia de San Juan de Lurigancho con Regimen Eseocail SIN DISTRITOS. Pero siendo esto un engaña muchachos estamos seguros que la gente consciente, honesta y trabajadora no se dejará sorprender. Salvo que lo acompañe su portatil que utilizó para la campaña Municipal.
Que San Juan de Lurigancho sea provincia estamos de acuerdo, pero que sea PROVINCIA ESPECIAL por favor NO ENGAÑEN AL PUEBLO. Eso es imposible. Es inconstitucional. Lo que tiene que hacer señor Carlos Burgos, si se ufana con ser el representante de esta tierra de los Luricanchos, y si respeta a su pueblo convoque usted a un CABILDO ABIERTO y consulte a la población, y lo que apruebe en este Cabildo usted acate y punto. Y a los señores del Ejecutivo por favor no manipulen las consciencias de los pobladores de San Juan de Lurigancho.
Finalmente Señor Burgos recuerde, usted no es el autor de esta iniciativa y el que Proyecto original es que nuestra provincia de San Juan de Lurigancho es que debe contar con sus cuatro distritos: Zárate con su capital San Silvestre, los Jazmines con su capital Cantogrande, los Nogales con su capital Mariscal Cáceres y Villa San Antonio con su capital el Cercado. Si se crea nuestra Provincia con los distritos en mención okey. Si no como reiteramos no Jo...roben.

viernes, 11 de marzo de 2011

ACEPTARÍA USTED? CONFRONTACION SIN JUEZ NI FISCAL

Siguiendo con los comentarios en nuestra vida diaria de ABOGADO LITIGANTE con mayúsculas. Esto, por la labor sacrificada que se realiza por ante los Jueces de Primera Instancia, y/o ante los Tribunales Colegiados, donde tenemos que lidiar no sólo con los señores Jueces, si no también con los Secretarios de Juzgado, o los asistentes de éstos. En verdad asi como va la administración de justicia, hay que tener una paciencia de gladiador romano. Pero cuando se agota la paciencia que hacemos? Quien nos salvará de algunas barbaridades cometidas por los Jueces y/o auxiliares de Justicia ?
Anoten lo que pasó en una diligencia de confrontación. Sucedió que estaba programada para las 3.00 de la tarde, desde antes de las vacaciones judiciales de Febrero último. La Jueza se encontraba en su Despacho. Pero luego salió y dijo, ¿algo urgente señores secretarios? Me voy al Penal y se fué. Y nuestra diligencia de confrontación? ¿No le interesaba?
En efecto se fué la Directora del Proceso conforme lo señala el art. 49 del Código de Procedimientos Penales. Y saben que...la secretaria hizo pasar a los justiciables a su oficina y de frente empezó a preguntar al procesado. Y aquí lo grandioso , èsta auxiliar jurisdiccional no leyó las declaraciones preventiva de la agraviada, ni la instructiva del inculpado. Veinte de nota.
No estaba la Jueza ni el representante del Ministerio Público. Total? ..Pregunto ¿dónde estábamos , ¿en la andrómeda? o ¿en las pampas de Junín.?
No contenta con todo ello, sin haberse leído las declaraciones de ambos sujetos procesales. No estando presente la Juez y el Fiscal, el procesado lejos de contestar la pregunta, dijo ..señorita aquí tengo una fotografía que prueba que yo no he cometido delito.
Nosotros ejecutores de la defensa técnica, ciñéndonos a la ley, nos opusimos a ello, por los motivos antes expuestos, y también porque en ese estadío,-en esta de diligencia de confrontación- no es para presentar fotografias que no vienen al caso. La confrontación se hace sobre las contradicciones existentes entre los actores del evento criminoso como ya lo puntualizamos anteriormente.
Ante nuestro reclamo la secretaria suspendió la diligencia, y misma jueza señaló otra fecha para la referida diligencia. Y la Juez y el Fiscal ni NOTICIAS. y para remate la abogada de la parte inculpada, joven ella, como una sabihonda, como si fuera experta a voz en cuello le dijo a mi defendida señora su abogado la está asesorando mal. Esto es una pérdida de tiempo. Y se suspendió la diligencia.
Y saben que consignó en la constancia? A ver adivinen ta tatan tatan... Se señala nueva fecha para la diligencia de confrontación por la no presencia del señor Fiscal Provincial. ¿Y porqué no consignó que no estaba la Magistrada?.
Asi están las cosas en la administración de justicia. Que hacemos amigos? Nos hacemos los suecos? Tenemos que aguantar estas irregularidades? Estos abusos de los Jueces y auxiliares jurisdiccionales? No. No. Noooooooooooooooooo.
Tenemos que coadyuvar a que se realice una auténtica REFORMA del Poder Judicial, pero de afuera hacia dentro. Con gente idónea, moral transparente y quiera al país. No con gente genuflexa, trepadora ni timorata. Basta ya de ensayos mediáticos, y traidores.

lunes, 7 de febrero de 2011

DEROGATORIA DE INMORALES DECRETOS DE URGENCIA 001-2011 y 002-2011

Aquí en nuestro país, sin duda que necesitamos una prensa que sea imparcial, objetiva y honesta. Y sobre todo que se la juege por el Perú. Y que no baile al son que le tocan los empresarios, y los grandes capitales de las transnacionales. Una prensa que informe, eduque y oriente a la población a que quiera y ame a nuestro país. Y sobre todo que nos hable en un lenguaje sencillo. Que dejen los tecnicismos de toda laya en el closet. Al Perú tenemos que hablarle de frente. Sin medias tintas ni cortapizas.
Porqué ?.... Porque como sabemos este gobierno aprista que ya está de salida, a la carrera , como si los que habitamos en esta linda tierra peruana, fuéramos unos tarados, con el pretexto sinverguezon de la palabrita prostituida de URGENCIA, quieren enyucarnos estos dos Decretos de Urgencia la 001-2011 y la 002-2011, dizque para agilizar la ejecucción de 33 proyectos de infraestructura, flexibilizando las exigencias ambientales, sin duda y esto hay que decirlo en voz alta, con el claro propósito de favorecer a los grupos econónicos, y amén de forrarse bien , que se van. En buen romance al bendito APURO del gobierno responde y no somos tan tontos para no darnos cuenta, es las jugosas comisiones que se esconden tras los negocios privados.
Conciudadanos sabido es que el artículo 118 , inc. 19 de nuestra Carta Magna faculta al Poder Ejecutivo encarnado en el Presidente de la República, a dictar medidas extraordinarias mediante decretos de urgencia con fuerza de ley, señalan que estos Decretos de Urgencia deberán ser sobre materia económica y financiera, cuando asi lo requiera el interés nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso de la República. Es decir, mis amigos se señala claramente que se dictan para situaciones de excepción. Entonces ¿a quienes se pretende engañar con estos inconstitucionales dercretos de urgencia?
Lo que pasa es que con estos decretos de urgencia, una vez más a quedado al descubierto el afán entreguista y vendepatria de este gobierno. Al caballazo con estas írritas normas se pretende vender a capitales extranjeros, sobre todo chilenos, nuestros puertos, aeropuertos, carreteras, y otros. Y lo más crucial privatizar el Terminal Norte del Puerto del Callao, para lo cual estan listos los capitales chilenos para tomar posesión del estratégico puerto de nuestro país.Y permitir que nuestros vecinos del sur, poco a poco se vayan adueñándo del Perú. Si ahora hasta tierras de cultivo han comprado en Ica.
Preguntamos, sin tanto quieren a nuestro Perú, porqué estos benditos gobernantes de la estrella, no se preucuparon de estos proyectos de inversión al inicio de su gobierno? Porqué ahora señores, si están a solo 70 dias de irse a sus casas? Respondan. Porqué? Ahora dizque por URGENCIA pretenden recortar las facultades de fiscalización sobre los recursos, sacando la vuelta con cachita y con marinera a la ley de Contrataciones del Estado, reduciendo plazos y limitando los Estudios de Impacto Ambiental (EIA) ?
En este sentido por el peligro que se cierne para nuestro país, de que nuestros puertos, aeropuertos , y el agua pasen a dominios de los chilenos, es que esta trinchera también se suma a la cadena de protexta de las instituciones democráticas del pais, de los trabajadores portuarios, y del país digno, y exige que a la brevedad de un rayo el Presidente del Congreso, convoque a una Legislatura Extraordinaria, y se DEROGUE estos Decretos de Urgencia, que de Urgencia no tiene ni un ápice. Y saludamos la convocatoria A LA JORNADA NACIONAL DE LUCHA hecha para este miércoles 9 de rechazo A LA SUBASTA Y SAQUEO DEL PAIS. Ahi esteremos. P.D. URGENCIA según el Diccionario Enciclopédico Ilustrado significa: CALIDAD DE URGENTE. FALTA APREMIANTE DE LO QUE ES MENESTER PARA ALGUN NEGOCIO, HABLANDO DE LAS LEYES O PRECEPTOS, ACTUAL OBLIGACION DE CUMPLIRLOS. Por ultimo recordemos a don Manuel Gonzalez Prada... HORAS DE LUCHA... "Donde se pone el dedo...SALTA LA PUS".